Gracias a los profesionales de la administración de fincas uno podrá desentenderse de todos los complicados procesos que implica la propiedad. Al ponerse en manos de un administrador será este el que se ocupe de tener al día todos los temas relativos a la comunidad y demás asuntos. Esto es de gran importancia no sólo para los propietarios de bienes inmuebles perteneciente a propiedad horizontal, si no también para los de propiedad vertical en el Eixample de Barcelona.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre estos dos tipos? A continuación vamos a recordar de forma pormenorizada y sencilla cuáles son las características de cada uno de los tipos.
Para empezar, la forma más común es la de propiedad horizontal. Esta se extiende manera privativa sobre un local o un piso, perteneciente a un edificio o a una urbanización, y además sobre una cuota de los elementos comunes. Para poder gestionar de manera adecuada estos espacios y la interrelación de vecinos está el artículo 396 del Código Civil en el que se legisla diferentes cuestiones referentes a estos temas. Gracias a este artículo los administradores de fincas tienen un guía legal para poder gestionar adecuadamente la comunidad.
La propiedad vertical en el Eixample de Barcelona es aquella en la que varios locales o viviendas pertenecen a única propiedad, no pudiendo gestionarse, por lo tanto a través de la propiedad horizontal. Generalmente este tipo de propiedades son empleadas por sus dueños para sacar beneficios económicos arrendando parte de los locales o viviendas para diversos tipos de uso como comercial, empresarial o alquiler vacacional o permanente.
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