Uno de los conflictos vecinales que más veces tenemos que afrontar en el administrador de la propiedad vertical en Eixample, Barcelona es el de las actividades molestas en una comunidad de propietarios y que pueden ir desde ruidos en la piscina o por el aire acondicionado, molestias causadas por animales domésticos y, en general, cualquier actividad que se pueda calificar como insalubre, nociva o peligrosa para los vecinos de la comunidad.
Se trata de una acción especial que podemos gestionar en Gabinet Gorriz - Arias y que busca conseguir que el juzgado competente dicte una sentencia condenatoria contra el infractor que le obligue al cese definitivo de dicha actividad molesta, ya sean desarrolladas en los elementos y zonas comunes de la comunidad o se produzcan en el interior del piso, una figura que evita aquella típica frase que todos habremos oído en alguna ocasión de “en mi casa hago lo que quiero”.
Para poder ejercer esta acción especial se tienen que dar una serie de circunstancias como que las actividades estén prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Y para que un juzgado admita y sentencie en contra del infractor y a favor del administrador de la propiedad vertical en Eixample, Barcelona, se tienen que dar dichas actividades de manera notoria, es decir, que haya evidencia y permanencia en la incomodidad y, por supuesto, que estén suficientemente probadas. Eso sí, antes de iniciar el trámite judicial, el presidente de la comunidad debe efectuar un requerimiento por escrito vía burofax o requerimiento notarial a la persona que realice la actividad molesta para que cese dichas actividades, advirtiéndole de que en caso negativo se ejercitarán las acciones legales pertinentes.